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DIVORCIARSE ANTE NOTARIO . CÓMO , CUÁNDO , DÓNDE Y PORQUÉ.

En nuestro post de hoy vamos a explicar la novedad que existe sobre la posibilidad de divorciarse ante notario.

Desde la entrada en vigor el día 23 de Julio de la  Ley 15/2015, de 2 de julio, de la Jurisdicción Voluntaria todo aquel que desee divorciarse puede hacerlo no sólo  mediante vía judicial sino que modifica lo contenido en el Código Civil permitiendo que pueda hacerse mediante vía notarial

Esta vía notarial supone una ventaja , bajo nuestro punto de vista , frente a la vía judicial que es el tiempo de tramitación, por ello lo vamos a explicar para todos aquellos que estén interesados y cumplan los requisitos.

Estos requisitos son los siguientes:

  1. Tienen que haber transcurrido tres meses desde la celebración del matrimonio (esto es igual en vía judicial).
  2. Ser un divorcio de mutuo acuerdo ,es decir, que los dos cónyuges estén de acuerdo en realizar dicho trámite.
  3. Obligatorio estar asistidos de Abogado, (igual que en la vía judicial).
  4. No tener hijos menores o incapacitados judicialmente que dependan de sus padres.
  5. Si se tienen hijos mayores o emancipados y no disponen de ingresos y viven en la vivienda familiar estos deben prestar su consentimiento ante el Notario.
  6. Aportar un Convenio regulador (esto también se tiene que aportar a la vía judicial), esto será elaborado por el abogado. Es donde se establece los términos del divorcio. Se incorporará al Acta o Escritura del Notario.
  7. Los efectos del divorcio tienen efectos desde que se firma el Acta Notarial. Para que tenga efectos frente a terceros tendrá que inscribirse en el Registro Civil.
  8. El Notario competente sería el Notario del último domicilio común o el del domicilio o residencia habitual de cualquiera de los solicitantes.

¿Qué porque puede ser interesante utilizar esta vía?, Si cumplimos todos los requisitos puede ser una forma rápida y económica de hacerlo,

  • Rápida porque como hemos explicados surte efectos desde el momento de la firma del Acta. El problema de presentar una demanda de divorcio , en este caso de mutuo acuerdo el problema existente en la vía judicial es el tiempo que transcurre desde la presentación a la demanda, en el mejor de los casos hablamos de más de dos meses de espera para que el Juzgado se pronuncie sobre el tema, si los dos cónyuges quieren divorciarse no tiene sentido estar esperando cuando lo que desean es no estar juntos.
  • Económica, esto es más difícil de precisar, hay que tener en cuenta el coste de la Escritura notarial o Acta, nosotros hemos realizado ya alguno y el coste ha sido de 90 euros aproximadamente, depende siempre del número de folios por escritura, pero podemos decir que si hubiera que hacer algo más como la liquidación de la sociedad conyugal en ese caso se incrementaría y ya no podemos indicar el coste porque depende de cada caso. Pero se puede reducir algo el coste del abogado puesto que conlleva menos tramitación (ver nuestras tarifas ) y en este caso no tiene que llevarse procurador , que es un coste más a añadir a la vía judicial, por lo que podemos afirmar, que en el caso de nuestro despacho el coste se reduce, puesto que no hay que realizar una demanda de divorcio.

 

Esperamos que os haya servido nuestra explicación y que hayáis podido conocer un poco esta novedad  que introduce la nueva Ley de Jurisdicción Voluntaria.

 

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